Periodo histórico tratado: 1979–1989.
La ruptura de la CNT: exilio, elecciones sindicales, patrimonio y una disputa interna que terminó ante los tribunales.
HEMEROTECA OBRERA Por Luis Fernández Camps.
El 29 de marzo de 1989, dos organizaciones que se consideraban herederas de la Confederación Nacional del Trabajo llegaron al Tribunal Supremo para defender su derecho a utilizar las mismas siglas. Habían transcurrido casi diez años desde el V Congreso de la CNT, celebrado en Madrid en diciembre de 1979. Durante ese tiempo, las diferencias entre sus corrientes habían provocado expulsiones, congresos enfrentados, disputas por locales sindicales y una larga batalla sobre la legitimidad de sus respectivos órganos.
La sentencia del 7 de abril reconoció la continuidad jurídica de la CNT vinculada al V Congreso. El sector encabezado por José March Jou perdió el derecho a utilizar aquella denominación y acabaría consolidándose como Confederación General del Trabajo (CGT). La resolución cerró una disputa legal que había dividido al anarcosindicalismo durante la Transición, aunque los desacuerdos sobre su historia, sus principios y sus métodos de organización continuarían durante décadas.
La cuestión llegaría todavía más lejos. En 2026, otra corriente procedente de CNT, vinculada a la Asociación Internacional de los Trabajadores (AIT), perdió también una batalla judicial por la utilización de las siglas y adoptó la denominación Confederación Anarcosindicalista (CA-AIT). Entre ambas sentencias habían pasado treinta y siete años.
Una CNT reconstruida entre el exilio y la clandestinidad
Para comprender la ruptura de finales de los setenta hay que regresar a la derrota republicana de 1939. La dictadura franquista desmanteló las organizaciones obreras, confiscó sus bienes y sometió a sus militantes a una represión que incluyó encarcelamientos, ejecuciones, depuraciones y exilio. La CNT sobrevivió mediante redes clandestinas en España y estructuras organizadas principalmente en Francia, además de otros países de acogida.
El exilio permitió conservar publicaciones, comités, relaciones internacionales y buena parte de la memoria confederal. También generó enfrentamientos sobre las alianzas políticas, la estrategia sindical y la autoridad de los organismos establecidos fuera de España. A la muerte de Franco, en noviembre de 1975, aquellas diferencias seguían presentes.
La reconstrucción reunió a generaciones con experiencias muy distintas. Estaban quienes habían conocido la CNT anterior a la Guerra Civil, los militantes que habían mantenido la organización clandestina, los jóvenes vinculados al movimiento libertario y los trabajadores procedentes de las huelgas y movilizaciones del tardofranquismo. Compartían unas siglas y buena parte de sus referencias históricas, pero discrepaban sobre cómo debía funcionar la Confederación en las nuevas condiciones políticas.
Uno de los principales enfrentamientos afectaba a la autoridad interna. La capacidad de los comités para convocar reuniones, reconocer sindicatos, ejecutar acuerdos o tramitar expulsiones provocó controversias cada vez más graves. Algunos militantes denunciaban que determinados sectores del exilio pretendían conservar una influencia desproporcionada. Otros acusaban a las corrientes partidarias de participar en el nuevo sistema de representación laboral de alejar a CNT de sus principios.
También existían discrepancias sobre los fondos confederales utilizados durante el exilio. Desde sectores del interior se reclamaban explicaciones sobre su administración, mientras que los responsables de aquellas estructuras defendían los gastos destinados a publicaciones, solidaridad, organización clandestina y mantenimiento de la actividad sindical. La controversia existió, aunque las acusaciones de aquellos años no pueden considerarse demostradas sin documentación contable suficiente.
Mientras se discutían estas cuestiones, las relaciones laborales españolas estaban cambiando. CCOO y UGT ampliaban su presencia y el nuevo sistema de representación mediante elecciones sindicales y comités de empresa comenzaba a asentarse. Para CNT surgía un problema que acabaría dividiendo a sus militantes: cómo intervenir en los centros de trabajo sin aceptar estructuras que una parte de la organización consideraba contrarias a la acción directa y a la autonomía de los trabajadores.
Quienes defendían concurrir a las elecciones sostenían que podían utilizarse como herramienta sindical sin renunciar a la participación asamblearia. Sus adversarios consideraban que ese camino conduciría a delegar la capacidad de decisión de las plantillas y favorecería la burocratización. La discusión era profunda, aunque convivía con conflictos orgánicos anteriores que habían deteriorado gravemente las relaciones internas.
Diciembre de 1979: un congreso que no consiguió mantener la unidad
Entre el 8 y el 16 de diciembre de 1979, CNT celebró en Madrid su V Congreso. La organización había recuperado una notable capacidad de convocatoria durante los primeros años de la Transición, pero llegaba al encuentro atravesada por enfrentamientos sobre elecciones sindicales, funcionamiento interno, relaciones internacionales y orientación confederal.
El Congreso eligió a José Bondía Román como secretario general. Una parte de los delegados cuestionó tanto su desarrollo como los acuerdos adoptados. Durante los meses siguientes se sucedieron impugnaciones, abandonos, expulsiones y nuevas disputas entre sindicatos. La crisis desembocó en 1980 en la celebración de un Congreso Extraordinario en Valencia por parte del sector disidente.
A partir de aquel momento comenzaron a actuar estructuras separadas que utilizaban CNT y reclamaban para sí la continuidad de la organización fundada en Barcelona en 1910. La convivencia se volvió cada vez más difícil. Las diferencias se trasladaron a publicaciones, comités, federaciones y locales sindicales, mientras las acusaciones de ilegitimidad circulaban entre antiguos compañeros.
La hostilidad alcanzó episodios de violencia. Las fuentes de aquel periodo recogen denuncias de amenazas, agresiones, presiones y enfrentamientos en torno a reuniones y locales. Algunas versiones proceden directamente de los sectores implicados y requieren cautela, pero los incidentes físicos formaron parte de una ruptura que dejó de limitarse a los debates congresuales.
En junio de 1984 se intentó recomponer una parte de la organización mediante el Congreso Extraordinario de Unificación, celebrado en Madrid los días 29 y 30 de junio y 1 de julio. Bajo el lema «Unidad para avanzar», participaron sindicatos procedentes del sector de Valencia y otros que habían abandonado la rama contraria.
Los organizadores anunciaron la representación de 182 sindicatos, una cifra procedente de sus propios datos. El Congreso aprobó la participación en elecciones sindicales bajo determinadas condiciones y eligió secretario general a José March Jou. Desde el otro sector se rechazó la legitimidad de aquella convocatoria y de sus acuerdos.
El enfrentamiento también se manifestó en los alrededores del Palacio de Congresos. Se produjeron incidentes, lanzamiento de objetos, rotura de cristales y varios heridos. Un congreso convocado para recuperar la unidad acabó acompañado de nuevos enfrentamientos entre militantes de la misma tradición sindical.
Los locales, el dinero y la legitimidad confederal
La disputa por la representación de CNT tenía importantes consecuencias económicas. El franquismo había confiscado numerosos bienes de las organizaciones sindicales y el proceso de restitución planteaba una dificultad: determinar quién podía acreditar la continuidad jurídica de la entidad a la que pertenecían aquellos bienes.
La Ley 4/1986 reguló la devolución del patrimonio sindical histórico incautado durante la dictadura. Para CNT, la existencia de dos organizaciones que se consideraban sucesoras de la misma Confederación complicaba el procedimiento.
En 1987 había 248 millones de pesetas depositados a cuenta del patrimonio histórico pendiente de devolución. Además, estaban los inmuebles y otros bienes cuya titularidad y valoración generaban controversias. La CNT llegó a calcular posteriormente el patrimonio confiscado en miles de millones de pesetas, aunque esa estimación debe distinguirse de una valoración oficial.
El patrimonio no puede presentarse, por sí solo, como la causa de la escisión de 1979. Los enfrentamientos orgánicos y estratégicos estaban documentados con anterioridad. Sin embargo, conforme avanzaba la década de los ochenta, la posibilidad de recuperar propiedades y recursos económicos añadió nuevas consecuencias materiales a la discusión sobre cuál de las dos estructuras representaba legalmente a CNT.
El 25 de febrero de 1985, el sector que defendía la continuidad del V Congreso presentó una demanda civil contra José March Jou y otros responsables de la organización contraria. Solicitaba el reconocimiento de Juan Gómez Casas como secretario general y la nulidad de los congresos de Valencia de 1980 y Madrid de 1984.
Los demandados respondieron reclamando la nulidad del V Congreso de 1979 y el reconocimiento del Congreso de Unificación de 1984 y de José March Jou como secretario general legítimo.
El 23 de junio de 1986, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid dictó una resolución favorable al sector de March. Declaró ilegítimos los órganos surgidos del V Congreso y reconoció la legalidad del Congreso de Unificación.
La Audiencia Territorial de Madrid modificó parcialmente aquella decisión el 19 de noviembre de 1987. Reconoció la validez del V Congreso y sus nombramientos, pero también mantuvo la legalidad del Congreso de Unificación de 1984 y el reconocimiento de March. Ambas partes recurrieron, por lo que el conflicto terminó ante el Tribunal Supremo.
Abril de 1989: la sentencia que obligó a cambiar de nombre
La vista ante el Supremo se celebró el 29 de marzo de 1989. El litigio giraba, entre otras cuestiones, alrededor de la interpretación del artículo 11 de los estatutos de CNT y de quién tenía competencia para convocar un congreso extraordinario.
La sentencia llegó el 7 de abril. El Tribunal Supremo estimó el recurso presentado por el sector que reivindicaba la continuidad del V Congreso de 1979 y rechazó el del grupo encabezado por José March. Según su interpretación estatutaria, una mayoría de sindicatos podía solicitar la convocatoria de un congreso extraordinario, pero correspondía al Comité Nacional legalmente constituido llevarla a cabo.
La resolución invalidaba uno de los fundamentos sobre los que se había celebrado el Congreso de Unificación de 1984. La CNT vinculada al V Congreso conservaba la denominación histórica, mientras la organización de March debía abandonar aquellas siglas.
El resultado también repercutía en la restitución patrimonial. José Luis García Rúa anunció la reclamación de los bienes confiscados a CNT durante el franquismo, incluidos los 248 millones de pesetas que permanecían depositados. La Administración mantendría pendiente la entrega definitiva mientras continuaba el recorrido judicial.
Para la organización que había perdido el pleito, la sentencia obligaba a afrontar una situación delicada. Sus sindicatos seguían funcionando, contaban con afiliados, secciones sindicales y representantes en empresas y disponían de una estructura confederal. La resolución había afectado a su denominación, pero no suponía la disolución de aquella organización.
El 29 de abril de 1989 se celebró en Madrid un Congreso Extraordinario para afrontar el cambio de nombre. Después de distintas denominaciones transitorias, terminó consolidándose Confederación General del Trabajo, CGT.
La nueva sigla correspondía a una organización sindical que ya existía y que durante años había actuado bajo el nombre CNT. Esa continuidad organizativa se convertiría en uno de los principales argumentos históricos de CGT, aunque la CNT reconocida judicialmente rechazaba que tal continuidad le otorgara legitimidad para reivindicar la representación de la Confederación histórica.
El conflicto judicial todavía tuvo un último recorrido. José March Jou y otros responsables presentaron recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue rechazado mediante resolución del 16 de noviembre de 1992. El Constitucional consideró que la interpretación realizada por el Supremo sobre los estatutos correspondía a la jurisdicción ordinaria y no vulneraba la libertad sindical. Quedaba definitivamente consolidada la separación jurídica entre CNT y CGT.
Dos organizaciones que compartían parte de su historia
Durante los años noventa, ambas confederaciones desarrollaron estrategias sindicales diferenciadas. CGT combinó el trabajo de las secciones sindicales, las movilizaciones y la negociación colectiva con la participación en elecciones sindicales y comités de empresa. CNT mantuvo su oposición al modelo de representación electoral y defendió la organización mediante afiliación directa, secciones sindicales y estructuras asamblearias.
Estas diferencias condicionan las comparaciones entre ambas. Los delegados obtenidos mediante elecciones permiten medir una parte de la implantación de CGT, pero no proporcionan una medida equivalente de CNT, que rechaza participar en ese procedimiento.
Con el paso de los años, CGT consiguió extenderse por empresas industriales, transportes, telecomunicaciones, administraciones públicas y distintos servicios. La confederación afirma actualmente superar los 100.000 afiliados y los 5.000 representantes sindicales, cifras facilitadas por la propia organización que deben tratarse como tales.
Su crecimiento estuvo acompañado de la incorporación de generaciones que nunca habían militado bajo el nombre CNT. Para muchos de esos afiliados, las disputas de 1979 y 1989 pertenecían a una etapa anterior. La identidad de CGT se fue asentando sobre su propia actividad sindical, aunque mantuvo la reivindicación de sus raíces anarcosindicalistas.
En el otro lado, CNT conservó la denominación histórica y sostuvo una interpretación distinta de la ruptura. Desde esa perspectiva, la aceptación de elecciones y comités había supuesto una desviación respecto a los principios de la Confederación. En publicaciones y debates internos aparecieron críticas a CGT por lo que sus autores consideraban burocratización, reformismo o integración en el sistema de representación institucional.
La confrontación adquirió una intensidad particular porque las dos organizaciones compartían una genealogía. CCOO y UGT podían representar modelos sindicales contrarios al defendido por CNT, pero no reclamaban ser continuadoras de su historia. CGT sí lo hacía.
De ahí que figuras como Salvador Seguí, la huelga de La Canadiense de 1919, la revolución social de 1936, la resistencia antifranquista y la reconstrucción confederal de los setenta continuaran formando parte de las referencias históricas reivindicadas por ambas organizaciones.
La celebración del centenario de 1910 volvió a mostrar esas diferencias. CNT organizó en 2010 actos conmemorativos como continuadora jurídica de la Confederación fundada un siglo antes. CGT también celebró el centenario del anarcosindicalismo y defendió su vinculación histórica con aquella organización.
La sentencia de 1989 había determinado el derecho a utilizar una denominación, pero las interpretaciones sobre la trayectoria del anarcosindicalismo español continuaban enfrentadas.
Una nueva división dentro de CNT
La propia CNT atravesó posteriormente otra crisis. Durante los años siguientes al Congreso de Córdoba de 2010 se hicieron visibles desacuerdos sobre funcionamiento orgánico, atribuciones de los comités, desfederaciones, estrategia sindical y relaciones internacionales.
Desde sindicatos separados y sectores críticos surgieron acusaciones de centralización de decisiones y aumento del peso de estructuras técnicas y jurídicas. Sus promotores consideraban que algunas prácticas se alejaban del federalismo tradicional. CNT rechazó esas interpretaciones y defendió la legitimidad de sus mecanismos confederales.
Las diferencias alcanzaron también a la Asociación Internacional de los Trabajadores. El enfrentamiento entre organizaciones afiliadas terminó desembocando en una nueva reorganización internacional. CNT participó en el proceso que condujo en 2018 a la constitución de la Confederación Internacional del Trabajo (CIT), mientras otros sindicatos permanecieron vinculados a la AIT.
En España, parte de los sindicatos separados o desfederados continuó utilizando la denominación CNT-AIT. La coexistencia de organizaciones con referencias históricas y nombres semejantes generó nuevas controversias. CNT defendía su titularidad jurídica sobre las siglas y determinados símbolos, mientras los sindicatos vinculados a la AIT reivindicaban su continuidad con la tradición anarcosindicalista de la que procedían.
La disputa llegó de nuevo a los tribunales, esta vez en un contexto jurídico distinto, relacionado con denominaciones registradas y signos distintivos.
En 2026, la corriente vinculada a CNT-AIT perdió la posibilidad jurídica de seguir utilizando CNT en las condiciones objeto del litigio y adoptó una nueva denominación: Confederación Anarcosindicalista (CA-AIT). Durante el verano comenzó a emplearse públicamente ese nombre y en agosto quedó formalizado su depósito estatal.
La organización mantuvo su relación con la AIT y continuó defendiendo su pertenencia a la tradición anarcosindicalista. Como había sucedido con CGT en 1989, el cambio de denominación no supuso la desaparición de la estructura sindical que lo adoptaba.
Los dos procedimientos tenían circunstancias y fundamentos jurídicos diferentes. El primero estuvo relacionado con la legitimidad de congresos y órganos confederales surgidos de la ruptura de la Transición. El segundo afectó a la utilización de denominaciones y signos distintivos tras otra escisión. Sin embargo, ambos terminaron obligando a una corriente procedente de CNT a continuar su actividad bajo otras siglas.
Lo que perdieron los trabajadores
La trayectoria del anarcosindicalismo español desde la Transición ha producido organizaciones diferentes que comparten parte de su pasado. CGT reivindica la continuidad histórica de la corriente que adoptó su nombre en 1989. CNT conserva las siglas de la Confederación fundada en 1910 y forma parte de la CIT. CA-AIT procede de la ruptura posterior y permanece vinculada a la Asociación Internacional de los Trabajadores.
Sus diferencias organizativas y estratégicas son reales. También lo son las disputas sobre el funcionamiento interno, la representación sindical y la interpretación de los principios libertarios. Sería injusto tratar todas esas cuestiones como simples rivalidades personales, porque durante décadas estuvieron detrás de debates sobre cómo debían organizarse los trabajadores y quién debía tomar las decisiones.
Pero el coste de aquellas rupturas merece una reflexión que va más allá de los tribunales. Durante la Transición, CNT había recuperado una notable capacidad de convocatoria después de casi cuarenta años de dictadura. Reunía a antiguos militantes, jóvenes libertarios y trabajadores que buscaban alternativas al sindicalismo que comenzaba a consolidarse en el nuevo marco institucional.
Una parte importante de aquella energía terminó empleándose en disputas internas. Congresos impugnados, expulsiones, procedimientos judiciales, enfrentamientos entre compañeros y reclamaciones sobre el patrimonio ocuparon años que coincidieron con transformaciones profundas del mercado laboral español. La reconversión industrial, el desempleo, la precarización y los cambios en la negociación colectiva planteaban problemas que exigían una intervención sindical constante.
Resulta imposible determinar cuánto habría crecido CNT sin aquellas divisiones, ni afirmar que una organización unificada habría conseguido necesariamente mejores resultados. Sí puede constatarse que la reconstrucción confederal desembocó en enfrentamientos prolongados que dificultaron la convivencia de distintas corrientes anarcosindicalistas.
La historia posterior tampoco permite confundir una victoria judicial con una victoria sindical. CNT conservó las siglas en 1989. CGT, pese a perderlas, mantuvo su estructura y amplió su presencia en numerosos centros de trabajo. Décadas después, CA-AIT afrontó un cambio de nombre sin renunciar a continuar su actividad.
Los tribunales resolvieron controversias jurídicas concretas, pero el respaldo de los trabajadores depende de cuestiones que no aparecen en una sentencia: la capacidad de organizar una plantilla, sostener una huelga, defender a un despedido, conseguir mejoras laborales y mantener la confianza de quienes participan en un sindicato.
Tal vez esa sea la parte más amarga de toda esta historia. Mientras distintas corrientes discutían cuál representaba con mayor fidelidad el pasado de CNT, los trabajadores seguían enfrentándose a los mismos problemas materiales que habían dado origen al sindicalismo. Y esos problemas no se resolvían ganando un pleito por tres letras.





