El juicio de las siglas

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La ruptura de la CNT: exilio, poder, patrimonio y una guerra interna que terminó ante los tribunales

En 1989, dos organizaciones procedentes de la CNT terminaron ante el Tribunal Supremo disputándose tres letras. Una las conservó; la otra acabaría llamándose CGT. Treinta y siete años después, otra ruptura dentro de la tradición cenetista volvió a terminar ante los tribunales y CNT-AIT tuvo que convertirse en CA-AIT. Ésta es la historia de unas siglas que los jueces pudieron adjudicar, pero cuya herencia ningún tribunal consiguió resolver.

Madrid, 29 de marzo de 1989: dos CNT frente al Tribunal Supremo

Madrid, 29 de marzo de 1989. Diez años después del V Congreso de la CNT, dos organizaciones procedentes de una misma Confederación llegaban al Tribunal Supremo reclamando el derecho a utilizar las mismas tres letras. Dentro de la Sala Primera de lo Civil se discutían estatutos, congresos, legitimidades y representación. Fuera quedaban diez años de enfrentamientos, expulsiones, congresos rivales, acusaciones de autoritarismo, locales disputados, patrimonio bloqueado y una fractura que había terminado convirtiendo a antiguos compañeros en adversarios. A un lado se encontraba la CNT que reivindicaba la continuidad orgánica del V Congreso de 1979 y que acabaría encabezando José Luis García Rúa. Al otro, la organización dirigida por José March Jou, procedente del sector que había celebrado el Congreso Extraordinario de Valencia de 1980 y que en 1984 había participado en el Congreso de Unificación de Madrid. Ambas se consideraban legítimas continuadoras de la Confederación fundada en 1910. Ambas habían utilizado CNT. Ambas negaban a la otra el derecho a apropiarse en exclusiva de aquella historia. Lo que aquella mañana debía resolver un tribunal encerraba una paradoja difícil de ignorar: una organización que había hecho de la acción directa, el federalismo y la autonomía obrera elementos esenciales de su identidad había terminado necesitando que un órgano del Estado decidiera quién podía llamarse Confederación Nacional del Trabajo.

Para comprender aquel juicio hay que regresar mucho más atrás

La ruptura no comenzó en 1989, ni siquiera en diciembre de 1979, y explicarla únicamente mediante la discusión sobre las elecciones sindicales conduce a una historia demasiado sencilla. La CNT que reapareció públicamente durante la Transición llevaba consigo las heridas de casi cuarenta años de derrota, clandestinidad y exilio. Después de 1939 miles de militantes fueron encarcelados, ejecutados, perseguidos o empujados fuera del país. En Francia, México y otros lugares se mantuvieron estructuras, publicaciones, comités y relaciones confederales, pero también surgieron profundas divisiones sobre estrategia, funcionamiento, alianzas políticas y dirección de la organización. Cuando murió Franco y comenzaron a reconstruirse sindicatos en el interior, no regresaba una CNT intacta esperando simplemente recuperar el lugar que había ocupado antes de la guerra. Regresaban distintas generaciones, culturas militantes y experiencias políticas. Coincidían veteranos del exilio, militantes de la clandestinidad, jóvenes procedentes del movimiento libertario y trabajadores formados en las luchas del tardofranquismo. Todos podían reconocerse bajo unas mismas siglas, pero no necesariamente entendían de la misma manera qué debía ser la Confederación en la nueva realidad española.

Una organización antiautoritaria discutiendo sobre autoridad

Uno de los grandes problemas de aquella reconstrucción fue precisamente la autoridad interna. Quién podía convocar un pleno, quién podía reconocer o desfederar un sindicato, qué validez tenían determinadas expulsiones, quién interpretaba los acuerdos y qué comité representaba realmente a la Confederación dejaron de ser asuntos secundarios. En una organización cuya cultura histórica desconfiaba profundamente de la burocracia y de la concentración del poder, aquellas discusiones adquirieron una intensidad extraordinaria. Un sector acusaba a determinadas estructuras y militantes procedentes del exilio de intentar conservar un control político y orgánico sobre una realidad que ya no comprendían. Desde el otro lado se advertía de que determinadas corrientes estaban intentando transformar CNT en un sindicato integrado en el nuevo sistema institucional. Son interpretaciones nacidas del propio enfrentamiento y deben tratarse como tales. Lo documentable es que la disputa sobre el funcionamiento y la autoridad interna precedió y acompañó a la discusión sobre las elecciones sindicales. Antes de que un juez tuviera que interpretar los estatutos de CNT, sus propios militantes llevaban años discutiendo sobre quién tenía autoridad para interpretarlos.

La clase trabajadora había cambiado

Mientras la Confederación discutía consigo misma, el mundo laboral español se transformaba rápidamente. La clase trabajadora de finales de los setenta no era la de 1936. Habían crecido las grandes concentraciones industriales, los servicios, las empresas públicas y nuevas ramas productivas; la negociación colectiva se había hecho más compleja y comenzaba a institucionalizarse un sistema de representación basado en elecciones sindicales y comités de empresa. CCOO y UGT avanzaban rápidamente dentro de ese nuevo marco. Para CNT la cuestión era enorme: cómo intervenir en aquella realidad sin renunciar a su tradición de acción directa, federalismo y autonomía obrera. Algunos militantes defendían que presentarse a las elecciones podía utilizarse tácticamente sin convertir al sindicato en una organización burocrática. Otros consideraban que entrar en aquel sistema suponía aceptar la delegación permanente de la capacidad de decisión de los trabajadores y abrir la puerta a la institucionalización. La discusión fue fundamental, pero la crisis no nació allí. Cuando el debate electoral estalló con toda su fuerza, CNT ya estaba atravesada por conflictos sobre exilio, funcionamiento orgánico, reconocimiento de sindicatos, expulsiones, comités y legitimidad.

El dinero del exilio que quedó pendiente

Había además un asunto incómodo que aparecía periódicamente: el dinero. Antes del V Congreso se habían planteado públicamente preguntas sobre los fondos que CNT había trasladado al extranjero después de la derrota de 1939 y sobre su utilización durante las décadas de exilio. Desde sectores del interior se reclamaban explicaciones. Desde el exilio se respondía que aquellos recursos habían sido utilizados durante años para mantener estructuras, publicaciones, solidaridad, clandestinidad y actividad confederal. La documentación permite afirmar que la controversia existió y que provocó enfrentamientos, pero no autoriza a transformar todas las acusaciones realizadas entonces en hechos contables demostrados. Lo importante para nuestra historia es que la cuestión económica estaba presente antes de la gran ruptura y anticipaba un problema mucho mayor: qué ocurriría con el patrimonio sindical confiscado por el franquismo cuando llegara el momento de devolverlo.

Diciembre de 1979: el V Congreso

Entre el 8 y el 16 de diciembre de 1979 CNT celebró en Madrid su V Congreso. Debía ser el Congreso que consolidara la reconstrucción de una organización que había reaparecido con una enorme capacidad de convocatoria. Terminó convirtiéndose en el punto a partir del cual la crisis interna se volvió prácticamente irreversible. Se discutieron estrategia sindical, elecciones, funcionamiento orgánico, exilio, relaciones internacionales, patrimonio y rumbo de la Confederación. La tensión no nació dentro del Congreso, pero allí alcanzó un nivel que hizo cada vez más difícil la convivencia entre las diferentes corrientes. José Bondía Román fue elegido secretario general. Una parte de los delegados rechazó el desarrollo y resultado del Congreso y durante los meses siguientes se multiplicaron las impugnaciones, abandonos, expulsiones y enfrentamientos. El V Congreso no creó las divisiones. Las convirtió en una fractura orgánica imposible ya de ocultar.

Valencia 1980: dos caminos bajo las mismas tres letras

En 1980 el sector disidente celebró un Congreso Extraordinario en Valencia. A partir de entonces el conflicto dejó de ser únicamente una pelea dentro de una misma organización. Comenzaron a existir estructuras separadas que se consideraban continuadoras de CNT y que durante años utilizarían las mismas siglas. Fue entonces cuando la cuestión de las elecciones sindicales adquirió una dimensión todavía mayor, porque servía para identificar dos estrategias diferentes dentro del movimiento anarcosindicalista. Pero reducir aquella división a una elección entre participar o no participar en comités de empresa vuelve a dejar fuera gran parte de la historia. Se discutían también la validez de los congresos, los procedimientos de expulsión, la legitimidad de los comités, las relaciones internacionales y la propia forma de entender la organización. Detrás de todas aquellas controversias había una pregunta aparentemente sencilla y políticamente explosiva: ¿quién era realmente CNT?

Cuando antiguos compañeros comenzaron a verse como enemigos

La ruptura no quedó encerrada en documentos, congresos y publicaciones. Durante aquellos años aparecieron acusaciones de amenazas, presiones, agresiones y asaltos u ocupaciones de locales. No todos esos episodios pueden reconstruirse hoy con la misma seguridad porque muchas fuentes proceden directamente de una de las corrientes enfrentadas. Sin embargo, existe documentación contemporánea suficiente para afirmar que en determinados momentos la hostilidad llegó a convertirse en violencia física. Militantes que pocos años antes habían participado juntos en la reconstrucción comenzaron a contemplarse como responsables de destruir la organización. La palabra fratricida, utilizada posteriormente por distintos protagonistas, resulta dura, pero describe el clima alcanzado por una parte del conflicto. Ya no consistía únicamente en defender estrategias sindicales distintas. Cada sector comenzó a considerar que el otro estaba usurpando una historia y poniendo en peligro la supervivencia del anarcosindicalismo.

1984: «Unidad para avanzar»

Después de varios años de separación aparecieron iniciativas destinadas a reconstruir algún tipo de unidad. El resultado fue el Congreso Extraordinario de Unificación celebrado en Madrid los días 29 y 30 de junio y 1 de julio de 1984. Participaron el sector procedente del Congreso de Valencia y sindicatos y militantes provenientes de la otra rama. Los organizadores hablaron de centenares de delegados y 182 sindicatos representados, cifras que deben entenderse como datos proporcionados por quienes organizaron el encuentro y no como un censo independiente. El lema elegido fue «Unidad para avanzar». El Congreso aprobó una estrategia favorable a participar en elecciones sindicales bajo determinadas condiciones y eligió a José March Jou como secretario general. Desde el sector contrario se rechazó completamente la legitimidad del encuentro. Para sus detractores, los sindicatos participantes carecían de autoridad para convocar un Congreso de CNT. Para los organizadores, aquel Congreso representaba un intento legítimo de recomponer una Confederación que llevaba años rota.

Un Congreso de Unificación con heridos en la puerta

El desarrollo del propio Congreso mostró hasta qué punto la pretendida reunificación estaba lejos de cerrar la herida. Militantes del sector contrario intentaron acceder al recinto y denunciaron que se les impedía participar. Se produjeron incidentes en los alrededores del Palacio de Congresos, lanzamiento de objetos, cristales rotos y varios heridos. Resultaba difícil imaginar una imagen más simbólica: dentro del edificio se proclamaba la unidad mientras en la calle militantes procedentes de una misma tradición se enfrentaban sobre quién tenía derecho a decidir aquella unidad. La paradoja adquirirá después una enorme importancia jurídica porque precisamente quién podía convocar legítimamente un Congreso extraordinario de CNT acabaría convirtiéndose en uno de los elementos decisivos del litigio ante el Tribunal Supremo.

El patrimonio aparece en el centro de la batalla

El patrimonio no fue una nota al margen. Antes incluso del Congreso de Unificación de 1984 la Administración había planteado que la existencia de dos organizaciones que se reclamaban sucesoras de CNT impedía determinar a quién correspondía devolver determinados bienes históricos confiscados por la dictadura. Esto resulta esencial para comprender lo que vendría después. No demuestra que el patrimonio causara la ruptura ni que todos los movimientos de las organizaciones estuvieran determinados por intereses económicos. Pero demuestra algo mucho más concreto: la disputa por la legitimidad tenía consecuencias patrimoniales reales. El propio Congreso de Unificación reivindicó bienes que consideraba pertenecientes a CNT. Desde ese momento el problema ya no consistía únicamente en quién podía colocar tres letras sobre la puerta de un local. También estaba en juego quién podía presentarse ante el Estado como sucesor jurídico de la organización a la que el franquismo había confiscado locales, dinero y propiedades.

Ser el «legítimo sucesor»

La Ley 4/1986 estableció que los bienes históricos confiscados debían ser restituidos a las organizaciones que acreditaran ser legítimas sucesoras de aquellas a las que habían pertenecido. En el caso de CNT aparecía inmediatamente el problema: dos organizaciones reclamaban esa condición. La ley no podía determinar por sí sola cuál era la verdadera heredera. La disputa confederal adquiría así una dimensión jurídica imposible de separar completamente de la patrimonial. Ser reconocido como legítimo sucesor no significaba solamente ganar una discusión sobre el pasado. Significaba poder reclamar bienes y recursos confiscados décadas atrás. El patrimonio no explica por sí solo la ruptura de 1979-1980, pero a mediados de los ochenta estaba inequívocamente entrelazado con la batalla por la representación y las siglas.

1985: la guerra confederal entra en los juzgados

El 25 de febrero de 1985 la CNT que reivindicaba la continuidad del V Congreso presentó una demanda civil contra José March Jou y otros responsables de la organización surgida del proceso de Valencia y del Congreso de Unificación. La demanda pedía que se reconociera a Juan Gómez Casas como secretario general del Comité Nacional, que se declararan nulos el Congreso Extraordinario de Valencia de 1980 y el Congreso de Unificación de Madrid de 1984 y que se negara legitimidad a los secretarios generales surgidos de aquellos procesos. La respuesta de los demandados fue prácticamente simétrica: solicitaron la nulidad del V Congreso de 1979, la plena legalidad del Congreso de Unificación de 1984 y el reconocimiento de José March Jou como único secretario general legítimo. La ruptura había alcanzado una expresión difícilmente imaginable dentro de una organización libertaria: dos estructuras procedentes de una misma CNT pedían a un tribunal del Estado que declarase ilegítima la continuidad orgánica de la otra.

El 23 de junio de 1986 el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid desestimó la demanda presentada por el sector contrario a March y estimó la reconvención de éste. Declaró ilegítimos los órganos surgidos del V Congreso de 1979 y reconoció la legalidad del Congreso de Unificación de 1984. Durante un tiempo pareció que la organización de José March había conseguido una victoria decisiva. Pero el proceso continuó. El 19 de noviembre de 1987 la Audiencia Territorial de Madrid modificó parcialmente aquella resolución: consideró válido el V Congreso de 1979 y sus nombramientos, pero al mismo tiempo reconoció la legalidad del Congreso de Unificación de 1984 y a José March como secretario general. El resultado era políticamente extraordinario: dos procesos congresuales surgidos de una ruptura aparecían simultáneamente reconocidos. Ambas partes recurrieron. La última palabra pasaría al Tribunal Supremo.

248 millones de pesetas esperando una respuesta

Mientras los abogados discutían sobre estatutos, congresos y legitimidad, el patrimonio continuaba bloqueado. Desde 1987 había 248 millones de pesetas depositados a cuenta del patrimonio histórico confiscado. A ello se sumaban inmuebles y otros activos cuya valoración era mucho más controvertida. La propia CNT llegó posteriormente a calcular el conjunto de lo confiscado en miles de millones de pesetas, cantidad que debe entenderse como valoración de la organización y no como una tasación oficial. Lo fundamental es que existía dinero efectivamente reservado mientras continuaba sin resolverse quién podía recibirlo. La Administración se encontraba ante dos organizaciones que afirmaban ser sucesoras de una misma Confederación histórica. A aquellas alturas resultaba imposible separar completamente la guerra de las siglas de sus consecuencias materiales.

29 de marzo de 1989: volvemos al Tribunal Supremo

Y así regresamos a aquella mañana de Madrid. Habían transcurrido casi diez años desde el V Congreso. La organización que después de la dictadura había despertado expectativas de convertirse nuevamente en una gran fuerza obrera esperaba ahora que la Sala Primera del Tribunal Supremo interpretara sus propios estatutos. En los alrededores del tribunal se concentraron militantes de los sectores enfrentados y las memorias posteriores recuerdan tensión e incidentes, aunque determinados detalles deben manejarse con cautela porque las versiones no siempre coinciden. El significado político de la jornada, en cambio, no admite demasiadas dudas. El anarcosindicalismo reconstruido después del franquismo había sido incapaz de resolver internamente quién podía utilizar el nombre de su organización histórica. Dentro del edificio se discutía sobre el artículo 11 de unos estatutos. Fuera quedaba una década de congresos, expulsiones, acusaciones y enfrentamientos.

7 de abril de 1989: el Supremo cambia el resultado

La sentencia llegó el 7 de abril de 1989. El Tribunal Supremo estimó el recurso presentado por la CNT contraria al sector de March y rechazó el presentado por éste. Una cuestión fundamental fue la interpretación del artículo 11 de los estatutos y quién tenía capacidad para convocar un Congreso extraordinario. El Supremo entendió que una mayoría de sindicatos podía solicitar su convocatoria, pero que correspondía al Comité Nacional legalmente constituido realizarla. Si éste se negaba existían vías jurídicas para impugnar la decisión, pero aquella mayoría no podía sustituir por sí misma al órgano competente para convocar el Congreso. Esa interpretación derrumbaba uno de los fundamentos jurídicos del Congreso de Unificación de 1984. El V Congreso de 1979 mantenía su validez y la organización encabezada por José March perdía la batalla judicial por continuar utilizando CNT.

Y al día siguiente apareció el patrimonio

La relación entre siglas y patrimonio se hizo visible casi inmediatamente. Conocida la sentencia, José Luis García Rúa anunció la reclamación de los bienes correspondientes a la CNT histórica. Entre ellos estaban los 248 millones de pesetas depositados a cuenta de las confiscaciones franquistas. José March reconoció pocos días después que, a primera vista, los derechos sobre ese patrimonio quedarían en manos de la organización que acababa de ganar el litigio. La Administración comunicaría posteriormente que la entrega del patrimonio histórico quedaba pendiente de que el Tribunal Constitucional cerrara definitivamente la cuestión sobre la titularidad de las siglas. No es necesario construir ninguna teoría conspirativa para comprender la importancia de este elemento. La documentación permite una conclusión bastante más sólida: el patrimonio no explica por sí solo la ruptura, pero la disputa sobre la legitimidad tuvo consecuencias patrimoniales directas y la propia devolución quedó administrativamente vinculada al resultado del litigio.

Los derrotados jurídicamente no desaparecieron

Perder CNT no significó desaparecer. La organización encabezada por José March seguía teniendo sindicatos, afiliación, secciones sindicales, representantes elegidos en empresas, locales y una estructura confederal en funcionamiento. Las cifras difundidas entonces por la propia organización hablaban de decenas de miles de afiliados y varios miles de representantes; deben considerarse datos de parte, pero muestran que no se trataba de una pequeña corriente destinada a extinguirse después de la sentencia. El Tribunal Supremo había decidido quién podía utilizar jurídicamente las siglas. No había disuelto a quienes habían perdido el pleito. El Comité Confederal decidió recurrir ante el Tribunal Constitucional y convocó un Congreso Extraordinario para finales de abril. Había que encontrar un nuevo nombre y, al mismo tiempo, mantener en funcionamiento una organización sindical que continuaba existiendo en los centros de trabajo.

29 de abril de 1989: cambiar el nombre para continuar

El Congreso Extraordinario celebrado el 29 de abril de 1989 en Madrid tuvo ante sí una decisión que iba mucho más allá de elegir unas letras. Había que decidir si la organización aceptaba la derrota judicial como final de su trayectoria o continuaba existiendo bajo otra denominación. Eligió continuar. Después de un periodo en el que aparecieron distintas fórmulas terminó consolidándose Confederación General del Trabajo, CGT. Éste es un punto fundamental para comprender la historia posterior: CGT no nació en 1989 como una organización construida desde cero. Fue la denominación adoptada por una estructura sindical preexistente que disponía de sindicatos, militantes y presencia en empresas y que hasta la sentencia había utilizado CNT. Jurídicamente había perdido las tres letras. Organizativamente seguía existiendo.

Cambiaron las siglas, no la genealogía que reivindicaban

La organización que pasó a llamarse CGT no aceptó que perder jurídicamente CNT significara quedar expulsada de la historia de CNT. Éste será uno de los elementos centrales del enfrentamiento durante las décadas siguientes. Desde su propia interpretación, existía una continuidad congresual que atravesaba la reconstrucción de los setenta, los congresos celebrados bajo CNT durante los ochenta, el Congreso de Unificación de 1984 y el Congreso extraordinario que decidió el cambio de denominación en 1989. CNT rechazaba esa interpretación y consideraba que la sentencia había confirmado precisamente cuál era la continuidad legítima. Nacieron así dos maneras radicalmente distintas de leer un mismo pasado. Para unos, el cambio de nombre había sido consecuencia de una sentencia pero no rompía la continuidad de sindicatos, militantes y acuerdos. Para otros, quienes acabaron formando CGT habían abandonado la línea legítima de CNT y no podían reivindicarse como su continuación. La batalla judicial había terminado, pero comenzaba una batalla por la memoria.

1992: el Constitucional cierra definitivamente el recorrido judicial

José March Jou y otros responsables presentaron recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La decisión llegó el 16 de noviembre de 1992. El Constitucional rechazó el recurso y consideró que la interpretación realizada por el Supremo sobre los estatutos confederales pertenecía al ámbito de la legalidad ordinaria, estaba suficientemente razonada y no vulneraba la libertad sindical. Con aquella sentencia se cerraba el recorrido jurídico fundamental de una disputa que había ocupado buena parte de la década anterior. CNT conservaba definitivamente CNT. CGT debía continuar definitivamente con su nueva denominación. Desde ese momento la separación dejó de conservar cualquier apariencia de provisionalidad.

Los años noventa: dos caminos cada vez más diferentes

Durante los años noventa las dos organizaciones fueron desarrollando estrategias cada vez más diferenciadas. CGT profundizó en un modelo que combinaba secciones sindicales, acción directa y participación en elecciones y comités de empresa. CNT mantuvo su rechazo a esos mecanismos y defendió que la organización de los trabajadores debía descansar fundamentalmente en las secciones sindicales y la afiliación directa. Esta diferencia dificulta cualquier comparación simplista. La presencia de CGT podía cuantificarse mediante elecciones y representantes; CNT rechazaba precisamente el mecanismo que producía esos representantes. Pero tampoco puede ignorarse el resultado histórico: CGT consiguió progresivamente implantarse en importantes empresas y sectores y convertir unas siglas adoptadas después de una derrota judicial en una identidad sindical reconocible. La organización que perdió CNT no desapareció; comenzó a dejar de ser simplemente «la otra CNT».

La herida de 1989 siguió abierta

La separación organizativa no significó indiferencia. Durante los años ochenta, los noventa y buena parte del siglo XXI persistió en sectores de CNT una hostilidad especialmente intensa hacia la corriente que había terminado formando CGT. Publicaciones y materiales históricos utilizaron reiteradamente conceptos como «reformistas», «burocratización», integración en el sistema o usurpación de las siglas para explicar aquella ruptura. Décadas después todavía pueden encontrarse materiales de CNT que describen a CGT mediante la idea de una progresiva «deriva burocrática y reformista». Esto no demuestra que toda CNT ni todos sus militantes hayan mantenido siempre una misma actitud, ni permite afirmar sin un estudio cuantitativo que CNT haya dedicado más comunicados a CGT que a CCOO y UGT. Pero sí permite constatar una persistente necesidad de delimitar públicamente qué separaba a CNT de CGT y de negar a esta última la misma legitimidad anarcosindicalista que reivindicaba para sí.

CCOO y UGT eran adversarios; CGT disputaba la herencia

Existe una razón histórica que ayuda a comprender esa especial virulencia. CCOO y UGT podían representar para CNT un modelo sindical profundamente contrario al suyo, pero no podían disputarle su genealogía. CGT sí. Sus militantes procedían de la misma reconstrucción, habían participado en los mismos congresos, utilizado las mismas siglas hasta 1989, mantenían los colores rojinegros y continuaban reivindicándose anarcosindicalistas. La confrontación con CGT contenía por tanto algo que no existía de la misma manera en la relación con las centrales mayoritarias: una pelea por la herencia familiar. No se discutía solamente si era legítimo participar en elecciones sindicales. Se discutía quién podía considerar parte de su propia historia a Salvador Seguí, la huelga de La Canadiense, la revolución social de 1936, la clandestinidad antifranquista y la reconstrucción confederal de los años setenta.

Cuando la defensa de la identidad adquiere rasgos sectarios

Esa persistencia produjo también una imagen problemática. Desde fuera de CNT, pero igualmente entre antiguos militantes y sectores del propio movimiento libertario, la necesidad constante de desacreditar a CGT ha sido interpretada en ocasiones como expresión de una ruptura nunca superada, de resentimiento histórico e incluso de sectarismo. Conviene mantenerlo exactamente en ese terreno: es una valoración existente, no un hecho objetivo susceptible de medirse como una sentencia judicial. Pero la percepción resulta relevante para comprender las consecuencias de la escisión. Cuando décadas después del juicio una organización continúa necesitando explicar por qué la otra no puede ser considerada verdaderamente anarcosindicalista, la discusión ha dejado de ser solamente sobre estrategia sindical. Se ha convertido en una cuestión de identidad. Para algunos trabajadores, esa clase de enfrentamientos entre organizaciones obreras puede resultar incomprensible e incluso transmitir la impresión de que la rivalidad sindical termina ocupando un espacio que debería estar dirigido contra la patronal. No convierte por ello a CNT en un «sindicato amarillo», concepto que tendría otro significado histórico y sindical, pero sí muestra hasta qué punto una guerra interna puede terminar condicionando la imagen exterior de una organización.

CGT deja de ser «la otra CNT»

Con el paso de los años ocurrió algo que probablemente pocos protagonistas de 1989 habían previsto. Nuevas generaciones comenzaron a afiliarse a una organización que siempre habían conocido como CGT. Para ellas, el V Congreso, Valencia 1980 y la batalla judicial pertenecían a una historia anterior. CGT mantuvo su reivindicación de pertenecer a la tradición anarcosindicalista, pero desarrolló al mismo tiempo una identidad propia y una creciente implantación en sectores industriales, transportes, telecomunicaciones, administraciones públicas y grandes empresas. En la actualidad la propia organización afirma superar los cien mil afiliados y los cinco mil representantes y se presenta como cuarta fuerza sindical española por número de delegados. Son datos proporcionados por la propia CGT y deben identificarse como tales, pero permiten apreciar la dimensión alcanzada por una organización que en abril de 1989 acababa de perder las letras bajo las que había actuado hasta entonces.

Ganar el nombre y ganar implantación no eran la misma cosa

CNT siguió un camino distinto. Conservó un nombre cargado con casi todo un siglo de historia obrera y mantuvo su rechazo al sistema general de elecciones sindicales, mientras CGT desarrollaba su implantación utilizando también esos mecanismos. Por eso sería tramposo comparar ambas exclusivamente mediante el número de delegados: CNT rechaza el sistema que los produce. Pero sería igualmente artificial negar que la organización que perdió las siglas consiguió construir una presencia laboral considerable. Aquí aparece una de las grandes paradojas del juicio. El Supremo pudo decidir quién tenía derecho a utilizar CNT, pero no podía decidir qué organización tendría más afiliados, más secciones o mayor capacidad de intervención décadas después. Legitimidad jurídica, legitimidad histórica e implantación sindical no eran necesariamente la misma cosa.

2010: dos organizaciones celebran los mismos cien años

Cuando en 2010 se cumplió un siglo del nacimiento de la organización que acabaría llamándose CNT, la conmemoración mostró que la sentencia de 1989 había resuelto una cuestión jurídica pero no había conseguido cerrar la disputa histórica. CNT celebró su centenario como continuadora directa de la Confederación histórica. CGT también celebró durante 2010 los cien años del anarcosindicalismo, organizando jornadas, publicaciones, exposiciones y actos conmemorativos. No lo hizo simplemente como homenaje a una organización ajena. Lo hizo porque se considera heredera congresual de aquella tradición y entiende que el cambio de siglas de 1989 no rompió la continuidad de los sindicatos que la formaban. Su documentación histórica resume esa interpretación de una manera particularmente clara: cambiaron las siglas, pero la organización considera que detrás existe una historia que supera ampliamente los años transcurridos desde 1989.

La sentencia podía adjudicar un nombre, no una memoria

El centenario revelaba así una cuestión que ningún tribunal podía resolver. Para CNT, la continuidad había sido confirmada también jurídicamente mediante la batalla de las siglas. Para CGT, una sentencia podía obligar a cambiar una denominación pero no podía borrar la historia de los sindicatos, militantes y congresos que habían desembocado en su organización. De ahí que ambas reivindicaran episodios, símbolos y figuras comunes. La sentencia había determinado quién podía escribir CNT en la fachada. No había establecido quién era propietario exclusivo de la memoria anarcosindicalista. Esa diferencia explica que la controversia sobreviviera durante décadas y que cada referencia a la historia común pudiera volver a tocar una herida abierta desde la Transición.

Y la CNT que ganó las siglas volvió a dividirse

La historia podría haber terminado allí. Pero décadas después, la propia CNT que había conservado las siglas volvió a atravesar una profunda crisis interna. A partir de los años siguientes al Congreso de Córdoba de 2010 se hicieron cada vez más visibles enfrentamientos sobre funcionamiento confederal, competencias de los órganos, estrategia sindical, relaciones internacionales, expulsiones y desfederaciones. Sería un error presentar aquella nueva crisis como una repetición exacta de 1979. Las circunstancias eran diferentes y también lo eran sus protagonistas. Pero algunas preguntas resultaban inquietantemente conocidas: ¿hasta dónde podía llegar la capacidad de coordinación de los órganos confederales?, ¿dónde terminaba la coordinación y comenzaba la centralización?, ¿qué ocurría cuando un sindicato rechazaba determinadas decisiones?, ¿quién podía seguir utilizando CNT después de quedar fuera de la estructura confederal? La historia comenzaba a caminar otra vez por terrenos conocidos.

Centralización, profesionalización y una nueva guerra interna

Durante esa nueva crisis aparecieron acusaciones especialmente duras desde sindicatos desfederados o separados, afiliados y antiguos militantes. Se denunció una supuesta centralización creciente, un aumento del peso de estructuras técnicas y jurídicas y una evolución hacia formas que sus críticos consideraban alejadas del federalismo tradicional. También se habló de profesionalización y de una transformación de la cultura interna de CNT. Estas afirmaciones pertenecen a quienes participaron o contemplaron críticamente aquella ruptura y no pueden presentarse automáticamente como hechos demostrados. La CNT actual rechaza esa interpretación y sostiene que mantiene una organización basada en sindicatos y secciones y contraria a la profesionalización representativa característica de otras centrales. Lo significativo para nuestra historia es que, décadas después de la primera escisión, reaparecían discusiones extraordinariamente parecidas sobre poder interno, legitimidad, federalismo y quién tenía derecho a definir qué era realmente CNT.

La AIT vuelve a estar en el centro

La crisis tampoco quedó limitada a España. Durante la década de 2010 crecieron las diferencias dentro de la histórica Asociación Internacional de los Trabajadores. Varias organizaciones, entre ellas la CNT española jurídicamente reconocida, terminaron participando en el proceso que condujo a la creación en 2018 de la Confederación Internacional del Trabajo, CIT. CNT presenta aquel proceso como una refundación del sindicalismo revolucionario internacional después de una crisis profunda de la AIT. Sus adversarios lo interpretan de manera completamente diferente y consideran que quienes abandonaron aquella Internacional rompieron con su continuidad histórica. Nuevamente no corresponde convertir la interpretación de ninguna de las dos partes en verdad neutral. El resultado es suficiente: la CNT que había ganado las siglas en 1989 dejó de pertenecer a la histórica AIT y pasó a integrarse en la nueva CIT.

CNT y CNT-AIT: las tres letras vuelven a dividir

Una parte de los sindicatos separados o desfederados permaneció vinculada a la AIT y continuó utilizando durante años la denominación CNT-AIT. Apareció así una situación que parecía pertenecer definitivamente al pasado. Por un lado estaba CNT, jurídicamente reconocida en España e integrada internacionalmente en la CIT; sus adversarios comenzaron a denominarla frecuentemente CNT-CIT, aunque oficialmente continuaba llamándose simplemente CNT. Por otro lado existían organizaciones vinculadas a la AIT que continuaban utilizando CNT-AIT y que también se consideraban continuadoras de la tradición histórica. Más de treinta años después del juicio de 1989, las mismas tres letras volvían a encontrarse en el centro de una batalla por la legitimidad.

Y nuevamente llegaron los tribunales

Como había sucedido durante los años ochenta, la ruptura terminó trasladándose al terreno judicial. El contexto jurídico era distinto. Ahora entraban en juego también denominaciones registradas, logotipos, símbolos y otros signos distintivos. No se trataba del mismo procedimiento que había enfrentado a las dos CNT de los años ochenta y sería históricamente incorrecto presentarlo como una reproducción exacta. Pero el paralelismo resulta difícil de ignorar. Una organización se divide; distintas corrientes se consideran herederas legítimas de una misma tradición; ambas utilizan referencias históricas comunes; la convivencia bajo denominaciones semejantes termina resultando imposible y finalmente los tribunales vuelven a decidir quién puede utilizar CNT.

2026: CNT-AIT también pierde CNT

En 2026 llegó el desenlace de esta segunda batalla. El sector vinculado a CNT-AIT perdió jurídicamente la posibilidad de continuar utilizando la denominación CNT y determinados signos cuya titularidad correspondía a CNT. Como consecuencia adoptó una nueva denominación: Confederación Anarcosindicalista, CA-AIT. Durante el verano de 2026 comenzó a utilizarse públicamente el nuevo nombre y en agosto quedó formalizado el depósito estatal de la Confederación Anarcosindicalista. La organización mantuvo su vinculación a la AIT y siguió reivindicándose como continuadora de la tradición anarcosindicalista que hasta entonces había expresado bajo CNT-AIT. Treinta y siete años después de la sentencia del Supremo, otra corriente procedente de la historia de CNT había perdido judicialmente el derecho a continuar utilizando aquellas tres letras.

La ironía de la historia

El paralelismo es demasiado poderoso para ignorarlo, aunque los dos procesos sean histórica y jurídicamente diferentes. En 1989 una corriente procedente de CNT perdió las siglas y terminó consolidándose como CGT. En 2026 otra corriente procedente de CNT perdió también la posibilidad de utilizarlas y pasó a denominarse CA-AIT. En ambos casos quienes perdieron se encontraron ante una alternativa parecida: aceptar que perder el nombre significaba desaparecer o demostrar que una organización podía sobrevivir a la pérdida de sus siglas. En ambos casos eligieron continuar. Y aparece una paradoja todavía mayor: la CNT que en 1989 había recurrido a los tribunales para conseguir el reconocimiento exclusivo de sus siglas se encontró décadas después defendiendo nuevamente ante los tribunales la exclusividad de esas mismas letras frente a otra ruptura nacida de su propio interior. La historia no se repetía exactamente. Pero rimaba de una manera extraordinariamente incómoda.

Tres ramas de una misma historia

Vista desde 2026, aquella historia que comenzó mucho antes del V Congreso ha terminado produciendo al menos tres grandes ramas organizativas. Por un lado está CGT, procedente de la organización que perdió las siglas ante el Supremo en 1989 y que posteriormente desarrolló una importante implantación sindical mientras continuaba reivindicando su continuidad con la tradición anarcosindicalista. Por otro está CNT, titular jurídica de las siglas históricas, contraria al modelo general de elecciones sindicales e integrada actualmente en la CIT. Y por otro aparece CA-AIT, procedente de la posterior ruptura dentro de CNT y vinculada a la Asociación Internacional de los Trabajadores. Las tres reivindican, de maneras diferentes, elementos de una misma tradición histórica. Las tres pueden construir genealogías que las conectan con partes de aquella historia. Ningún tribunal puede resolver cuál encarna de manera más auténtica una idea política y sindical. Los jueces pueden determinar quién puede utilizar una denominación. No pueden adjudicar el anarcosindicalismo.

Una derrota que no fue solamente de quienes perdieron el juicio

Quizá ésta sea la conclusión más incómoda de toda esta historia. Durante la Transición CNT dispuso de una oportunidad extraordinaria. Después de casi cuarenta años de franquismo reapareció con capacidad para llenar mítines, organizar sindicatos, atraer a una nueva generación y recuperar una presencia importante dentro del movimiento obrero. Pero una parte considerable de aquella energía terminó consumida en conflictos internos. Las elecciones sindicales importaron. Las diferencias estratégicas importaron. El exilio importó. Los procedimientos orgánicos importaron. Las expulsiones importaron. El patrimonio importó. Las personalidades, las desconfianzas y las luchas por la legitimidad también importaron. Reducirlo todo a «unos aceptaron las elecciones y otros no» permite construir una historia sencilla, pero oculta buena parte de lo sucedido. La gran derrota del anarcosindicalismo de la Transición quizá no pueda localizarse en una sentencia concreta. Fue llegar dividido a una nueva realidad obrera precisamente cuando tenía nuevamente la oportunidad de disputar un espacio importante dentro de ella.

El juicio de las siglas

El 7 de abril de 1989 el Tribunal Supremo decidió quién podía utilizar CNT. Aquella sentencia tuvo consecuencias jurídicas, patrimoniales y organizativas enormes. Pero no podía reconstruir los sindicatos rotos, recuperar a quienes habían abandonado la organización, reparar amistades destruidas ni determinar qué estrategia sindical funcionaría mejor décadas después. Tampoco pudo impedir que treinta y siete años más tarde apareciera una nueva batalla alrededor de las mismas tres letras. Quizá ésa sea la gran paradoja de El juicio de las siglas. Durante años distintas corrientes lucharon por demostrar cuál era la auténtica heredera de CNT. Una consiguió conservar el nombre. Otra perdió las letras y construyó CGT. Décadas después una nueva ruptura produjo otra organización obligada a abandonar CNT y continuar como CA-AIT. Los tribunales pudieron decidir quién tenía derecho a utilizar unas siglas. La historia posterior decidió todo lo demás. Porque lo que ningún tribunal puede entregar mediante una sentencia es implantación, confianza y legitimidad entre los trabajadores. Esa legitimidad no se registra como una marca. Se conquista en los centros de trabajo.

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