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Acusan Ambuibérica de presionar a los trabajadores para que no reclamen sus derechos

Acusan a Ambuibérica de presiones para que trabajadores no reclamen la compensación de horas que reconoce el TSJCyL.

El sindicato CGT ha acusado a la empresa de transporte sanitario Ambuibérica de presionar a los trabajadores para que no reclamen la compensación de las horas extras realizadas que ha reconocido el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) en una sentencia que la empresa, que presta el transporte de pacientes de Sacyl en la mayor parte de la Comunidad y que niega estas acusaciones, ha recurrido ante el Supremo. 

CGT, que ostenta la presidencia del comité de empresa en Valladolid y que ganó esta sentencia, pendiente de la resolución del recurso, asegura que la empresa ha acudido ya a algunos técnicos de emergencias sanitarias de manera individual y les «invita» a firmar un documento con el que estarían dispuestos a aumentar su jornada, de manera que aceptarían voluntariamente realizar el exceso de jornada, informa Europa Press. 

En un comunicado a los trabajadores, el sindicato recomienda no firmar, dado que hacerlo supondría «poner trabas e incluso imposibilitar» la reclamación de las cantidades adeudadas y acusa a la empresa de sacar «de la chistera» este documento, cuya firma tendría un «precio» equivalente al de 100 guardias de 24 horas extras, con un cálculo conservador» de un trabajador con unos cinco años de antigüedad y con los precios de «esclavo» que maneja la empresa.

«Podéis haceros a la idea de la mala fe que hay detrás de esto», señala el sindicato, que advierte de que tal documento «es irregular cuanto menos, si no ilegal», por cuanto por sus características debería haber sido informado el Comité de Empresa y obrar en su poder una copia básica de este.

El sindicato ha señalado que la cifra que se adeudaría a cada uno de los cerca de 200 trabajadores afectados por el exceso de horas podría situarse entre 12.000 y 17.000 euros –en Valladolid–, en función de las circunstancias de cada uno. El desembolso para la empresa, según el cálculo del sindicato, sería de 1,5 millones, ya que en Valladolid se hizo una reclamación inicial ante el Juzgado de lo Social en 2018, por lo que las cantidades a percibir –que se pueden reclamar con un año de retroactividad– irían desde 2017 en adelante –desde que sea firme el fallo–, mientras que en el resto de las provincias se tendría en cuenta la fecha de la sentencia.

Así, algunos de los trabajadores ya han firmado el documento y el sindicato considera que puede haber miedo a alguna «represalia» por parte de la empresa en caso de no hacerlo, con amenazas de cambios que pudieran afectar a la situación del trabajador.

Foto manifestación el 6 Julio del 2020 convocada por el sindicato CGT, que es el mayoritario en el sector de ambulancias dentro de la provincia de Valladolid.

«La empresa una vez mas se comporta con prácticas mas parecidas a la de la mafia calabresa que a los de una empresa respetable, haciendo pesar sobre los trabajadores, de manera más o menos velada los cambios de puesto, de horarios o servicio», ha asegurado.

La sentencia a la que se alude reconoce como horas extraordinarias el exceso de jornada que realizan los técnicos de emergencias sanitarias y atiende la demanda presentada por la Coordinadora de CGT del Transporte Sanitario por Carretera de Castilla y León, a la que se adhirieron el resto de los sindicatos con representación en los comités de empresa de las entidades que prestan este servicio, agrupadas en la Asociación Regional de Empresarios de Ambulancias de Castilla y León (ALECA).

El TSJCyL considera que existe un exceso de jornada en el cómputo de horas anual, que debería ser de 1.800 horas según el convenio colectivo, y que los técnicos de emergencias sanitarias sobrepasan en unas 200. Estos empleados prestan servicio para Sacyl a través de la concesión que la Gerencia Regional de Salud tiene para este servicio, que presta en la mayoría de la Comunidad Ambuibérica.

La Sala, en su fallo, declara «el carácter de horas extraordinarias para aquellas que superan la jornada anual de 1.800 horas prevista en el
Convenio Colectivo para los trabajadores del sector que llevan a cabo el Servicio de Emergencias en régimen de 24 horas/día y descanso de 72 horas, debiendo computarse como tiempo efectivo de trabajo las 24 horas de presencia en la base o centro de trabajo y computarse a efectos de la jornada anual».

La patronal ha recurrido en casación ante el Supremo esta sentencia, que se pronuncia en la misma línea que lo hicieron los tribunales en Cantabria, en la que los trabajadores están en la misma situación, ha señalado CGT, que ostenta la Presidencia del Comité de Empresa en Ambuibérica.

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